Hacienda no puede pedir datos sobre las minutas de los letrados

La Agencia Española de Protección de Datos ha dado respuesta a la consulta realizada desde el Colegio de Abogados de Málaga para conocer si debe facilitar la información sobre minutas de sus colegiados a la Agencia Tributaria. La respuesta de la AEPD ha sido clara y considera que se trataría de una «cesión ilegítima de información«.

La consulta se originó cuando la AEAT pidió al Colegio de Abogados la información sobre los honorarios de las minutas de sus colegiados entre los años 2009 y 2012. El decano de esta asociación trasmitió sus dudas acerca de la legalidad del requerimiento a la AEPD.

Más concretamente se planteaba que el colegio solo emite informes sobre tasaciones de costas y jura de cuentas a requerimiento de los Tribunales, sin que de ellos pueda deducirse una consecuencia tributaria directa

El gabinete jurídico de la Agencia en virtud de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su reglamento de desarrollo ha concluido que «la transmisión de los datos contenidos en el requerimiento supone una cesión ilegitima de información protegida al carecer de trascendencia tributaria«.