La AEPD no sanciona economicamente al PSOE por divulgar datos de militantes del PP

La Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto que el Grupo Parlamentario Socialista ha infringido la Ley de Protección de Datos al divulgar información sobre militantes del Partido Popular en una nota de prensa. A pesar de esta resolución, la AEPD no ha impuesto una sanción económica alguna al PSOE.

José Luis Rodríguez Álvarez director de la AEPD, ha calificado la infracción cometida por el partido socialista como «muy grave» pero se considera que esta actuación no se hizo en representación del PSOE sino del Parlamento por lo que los socialistas eluden una multa que podría haber sido de un mínimo de 300.000 euros.

Según la resolución de la Agencia, el envío de un fichero con datos de carácter personal de afiliados y trabajadores del PP acompañando una nota de prensa enviada por Grupo Parlamentario Socialista para apoyar una información referente a Luis Bárcenas, ex-tesorero del Partido Popular, está totalmente injustificada. A pesar de ello, desde la AEPD también se considera que no se puede sancionar al partido ya que este envío parte del grupo parlamentario al que se considera una «entidad propia«. De esta manera, se considera que esta actuación es responsabilidad de una parte del Parlamento y no del PSOE como partido político.

Al entenderse de esta manera por parte de la AEPD y, toda vez que el Grupo Parlamentario desempeña una función pública, no se puede abrir expediente sancionador alguno a pesar de tratarse de una actuación calificada por la propia Agencia como «muy grave». Existen precedentes en los que colegios profesionales o federaciones deportivas han sido sancionadas a pesar de ejercer una función pública por lo que es muy importante diferenciar si la actuación en particular ha sido pública o privada a la hora de abrir expediente sancionador.

Este criterio adoptado por la Agencia Española de Protección de Datos para este caso no es distinto del que ya se ha aplicado a grupos municipales del PP en distintos ayuntamientos por lo que, a pesar de lo polémica de la resolución, existen precedentes similares.

El hecho de que en la AEPD se entienda que los datos personales de miembros del PP publicados junto a una nota de prensa se debe a una actuación pública del Grupo Parlamentario Socialista, ha evitado una importante sanción económica para este partido. La multa establecida por el incumplimiento de la LOPD para actuaciones calificadas por la Agencia como «muy graves» asciende a una cantidad de entre 300.001 y 600.000 euros. Borrar datos de internet.